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¿Es obligatorio el requisito del aire acondicionado en las viviendas con fines turísticos (VFT) de Andalucía?

¿Es obligatorio el requisito del aire acondicionado en las viviendas con fines turísticos (VFT) de Andalucía?

Desde el 21 de octubre de 2019 las viviendas con fines turísticos de Andalucía ya no tienen que cumplir con el requisito de refrigeración por elementos fijos (aire acondicionado) y calefacción en todas las estancias.

Así lo ha declarado finalmente la sentencia del Tribunal Supremo de 21 de octubre de 2019 , en el recurso de casación núm. 6320/2018, promovido por la Federación Española de Asociaciones de Viviendas de Uso Turístico y Apartamentos Turísticos (Fevitur).

La decisión del Tribunal Supremo (TS) además de definitiva, será extensiva y/o aplicable al resto de Comunidades Autónomas donde se exija o quiera imponerse aire acondicionado y calefacción en todas las estancias de la vivienda turística.

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